Micelio
Auto24 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 corrió traslado al Procurador General de la Nación, a la Defensora del Pueblo, al Contralor General de la República y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, del Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia vigencia 2024, sobre el nivel de avance en la garantía de los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado y la superación del Estado de Cosas Inconstitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. CORRER TRASLADO, mediante la Secretaría General de esta Corporación, al Procurador General de la Nación9, a la Defensora del Pueblo10, al Contralor General de la República11 y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado12 del Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del año 2024.
  2. SEGUNDO. ORDENAR, mediante la Secretaría General de esta Corporación, al Procurador General de la Nación, a la Defensora del Pueblo, al Contralor General de la República y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado presentar un análisis sobre el Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del 2024 dentro del término de quince (15) días calendario contados a partir de la notificación de la presente decisión. Estos documentos deberán allegarse a través del correo electrónico de la Secretaría General (salasrevisionA@corteconstitucional.gov.co) con copia a la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co), en los términos referidos previamente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.